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Secretaria de salud |
En
Bogotá hay 3.263 ciudadanos en lista de espera para trasplante de órganos y
tejidos, por lo cual la Secretaría Distrital de Salud hace un llamado a los
habitantes de la ciudad para que, en un acto voluntario y generoso, donen y
contribuyan a salvar la vida de estas personas.
Con corte al 15 de octubre de 2018, son 1.976
órganos (1.823 riñones), (112 hígados), (23 pulmones), (18 corazones) y 1.287
tejidos (777 oculares y 510 de células de médula ósea) los que se requieren
para mejorar la calidad de vida de los pacientes, en Bogotá y áreas de
influencia de la Regional 1.
Entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2018,
la Secretaría Distrital de Salud gestionó la donación de 241 órganos,
correspondientes a donantes cadavéricos (157 riñones, 59 hígados, 9 corazones,
13 pulmones y 3 combinados de hígado-riñón), con los cuales se trasplantó a
igual número de pacientes. Así mismo, se realizaron 87 trasplantes con donante
vivo (63 riñones y 24 hígados).
¿Cuándo
se pueden donar órganos o tejidos?
Es
posible donar antes o después de la muerte. Antes, se puede donar un riñón, un
pulmón o un segmento de hígado, según criterio del médico y de acuerdo al grado
de compatibilidad entre el donante y el receptor. Al fallecer, por muerte
encefálica se pueden donar órganos y tejidos y salvar a más de 55 personas.
¿Qué
se puede donar?
Se
pueden donar órganos como el corazón, pulmones, hígado, riñones, páncreas e
intestino. Igualmente se pueden extraer tejidos como: córneas, piel, huesos,
vasos sanguíneos, válvulas cardiacas, cartílagos, tendones y nervios.
¿Los menores de edad pueden ser donantes de
órganos y tejidos?
Los
menores de edad podrán ser donantes de órganos y tejidos, siempre y cuando sus
representantes legales expresen su consentimiento informado para la donación de
órganos y/o tejidos dentro de las ocho (8) horas siguientes a la ocurrencia de
la muerte cerebral (Ley 1805 de 2018. Artículo 15).
¿Cómo se asigna un componente anatómico a un
paciente en lista de espera de donación-LED?
La asignación de órganos, células y tejidos
deberá regirse por criterios clínicos y normas éticas, y no atendiendo a
consideraciones económicas o de otra índole. Las reglas de asignación,
definidas por comités debidamente constituidos, deberán ser equitativas,
justificadas externamente y transparentes.
¿Cuál
es el procedimiento para manifestar la oposición a la presunción legal de
donación?
Para presentar oposición a la presunción legal
de donación ante el INS, se debe tener en cuenta lo establecido en el artículo
4 de la Ley 1805 de 2016, el cual estipula lo siguiente: “Manifestación de
oposición a la presunción legal de donación”.
Toda persona puede oponerse a la presunción
legal de donación expresando su voluntad de no ser donante de órganos y
tejidos, mediante un documento escrito que deberá autenticarse ante Notario
Público y radicarse ante el Instituto Nacional de Salud (INS), También podrá
oponerse al momento de la afiliación a la Empresa Promotora de Salud (EPS), la
cual estará obligada a informar al Instituto Nacional de Salud (INS)”.