sábado, 27 de mayo de 2017

EN RAFAEL URIBE URIBE SE ATIENDE EL HABITANTE DE CALLE

fotos El Usuario de la Salud

En Colombia, el tratamiento jurídico para el habitante de la calle está enmarcado en la Ley 1641 de 2013, por medio de la cual se establecen los lineamientos para la politica social que entraría a regular su situación.

Habitar en la calle representa, en el Estado moderno y especialmente, en el Estado colombiano si se permite llamarlo moderno, la coexistencia de dos mundos y la consecuente corresponsabilidad del fenómeno: en mundo habitan los que gozan de cierta estabilidad económica o aun sin ella tienen un lugar donde vivir.

La indigencia no es sino una parte de la gran malla de situaciones de miseria que decantan de la sociedad colombiana que, a priori, aparece en las descripciones normativas como un país tan “pluralista, incluyente, democrático, solidario y respetuoso de la dignidad humana”.

 Desplazamiento, indigencia, trabajo en el sector informal, entre otros, son situaciones que comprometen la estabilidad de cualquier sociedad y son muestra de la incapacidad del Estado para brindar aquello que la sociedad necesita para permanecer en armonía. Situaciones que finalmente le pasan factura a la historia del país.

EN Rafael Uribe Uribe, el contrato CPS 087 de 2016 que está ejecutando la Fundación El Otro Rollo. Entre los componentes que tiene este proyecto. “Desarrollar procesos que fortalezcan los encuentros y comités comunitarios de seguridad y convivencias, campañas de prevención del delito e iniciativas de recuperación del espacio público y la resolución de conflictos en la localidad de Rafael Uribe Uribe”.

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